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Fue a través de modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros.
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Nuevo organismo coordinará, propondrá y facilitará la formulación y ejecución del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
Con el fin de potenciar las acciones que despliega el Gobierno para prevenir desastres, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), modificó su Reglamento de Organización y Funciones, y creó la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres.
A través del Decreto Supremo Nº 055-2013-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, se establece que la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres dependerá de la Secretaría General de la PCM, al igual que las secretarías de Coordinación, Gestión Pública y Descentralización.
Entre las funciones que tendrá esta nueva dependencia de la PCM figuran el coordinar y efectuar el seguimiento de la elaboración de la propuesta de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, así como el desarrollar acciones y establecer mecanismos específicos y permanentes de coordinación que aseguren una adecuada articulación de las funciones del Centro Nacional de Estimación Prevención y Reducción de Riesgo de Desastres (CENEPRED) y del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), orientadas a obtener una gestión integral y articulada de los mismos.
También establece que la indicada Secretaría debe coordinar, proponer y facilitar la formulación y ejecución del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, supervisando su cumplimiento, en el marco de la Política nacional de gestión del Riesgo de Desastres, así como velar por el cumplimiento de las políticas e Instrumentos de la gestión del Riesgo de Desastres y la efectiva operatividad de todos sus procesos.
La norma legal establece también que la Secretaría recientemente creada, deberá coordinar con el ministerio del Ambiente, con el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), y los demás organismos o entidades del sector público que correspondan, la oportuna emisión de normas en materia del uso y ocupación del territorio, edificación, entre otras vinculadas al desarrollo, teniendo en cuenta la Gestión del Riesgo de Desastres, así como supervisar su cumplimiento.
La Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres, ejerce sus funciones de ente rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, facilitando los procesos de coordinación y articulación de las entidades integrantes del Sistema, efectuando el seguimiento del cumplimiento de las actividades que deben ser desarrolladas en dicho Sistema, de acuerdo a la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su respectivo reglamento.
Lima, 19 de mayo de 2013.
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