Promulgan Ley de Reinserción del Migrante Retornado

Nota de prensa

14 de marzo de 2013 - 12:00 a. m.

  • Congreso emitió norma basada en iniciativa del Ejecutivo a favor de peruanos que desean volver al suelo patrio.
  • Dispositivo legal considera la crisis económica internacional y el endurecimiento de políticas migratorias. 
El Congreso de la República promulgó la Ley Nº 30001, Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado, presentada anteriormente por el Poder Ejecutivo, con el fin de facilitar el retorno de los peruanos que residen en el exterior, mediante incentivos y acciones de índole tributaria y laboral, que propicien su adecuada reinserción económica y social en nuestro país. La norma considera el aumento progresivo de peruanos que están volviendo al país como consecuencia de la crisis económica internacional y el endurecimiento de las políticas migratorias en los países receptores. Podrán manifestar, por escrito a la autoridad competente en el exterior o en el interior del país, su interés en acogerse a los beneficios tributarios contemplados en la presente ley, en el plazo máximo de 90 días hábiles después de su ingreso al país:
  • Los peruanos que hayan residido en el exterior por un tiempo no menor de cuatro años sin interrupciones, y
  • Aquellos peruanos que hayan sido forzados a retornar debido a su condición migratoria irregular, acreditando no menos de dos años en el exterior.
En cuanto a los beneficios que otorga la presente ley, están liberados por única vez del pago de todo tributo que grave el internamiento en el país, los siguientes bienes: menaje de casa (hasta 30,000 dólares), un vehículo automotor (hasta 30,000 dólares); instrumentos, maquinarias, equipos, bienes de capital; y de profesión, oficio o actividad empresarial, hasta por un máximo de 150,000 dólares. Asimismo, se dará acceso a los peruanos retornados que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica, a los diferentes programas sociales que otorga el Gobierno como Beca 18, Pensión 65, Techo Propio, Trabaja  Perú, Jóvenes a la Obra, Vamos Perú, y al régimen subsidiado de aseguramiento en salud. También se estipula que quedan excluidos de los beneficios de la presente ley los peruanos que sufran alguna condena por delito doloso y los que integren, promuevan o participen en organizaciones vinculadas al terrorismo. El Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares es la entidad que coordina la política de reinserción económica de los peruanos migrantes, así como su implementación, supervisión y control. En tanto, el Estado peruano monitorea el proceso de reinserción, brinda acceso a los servicios de capacitación para el trabajo, brinda acceso a créditos educativos y programas de becas postgrado en el país y en el extranjero, así como asesoría para facilitar el crédito a los peruanos retornados que quieran impulsar negocios en el país, entre otros servicios. La presente normativa deroga la Ley 28182, Ley de Incentivos Migratorios, así como la Ley 29508, que restablecía su vigencia. Lee y descarga en PDF: Ley de Reinserción Económico y social para el Migrante Retornado Lima, 14 de marzo de 2013 Oficina de Prensa e Imagen Institucional Ver más información en: Blog: www.pcmperu.blogspot.com Twitter: @prensapcm Facebook: www.facebook.com/PCMPERU Flickr: www.flickr.com/photos/prensapcm Youtube: Audiovisualespcm