Veinticinco y veinte años de cárcel para reclutadores y conspiradores terroristas plantea proyecto de ley del Ejecutivo

Nota de prensa

15 de diciembre de 2012 - 12:00 a. m.

  • Penas serán de cadena perpetua cuando víctimas de reclutamiento sean menores de edad y madres gestantes.
  • También se propone sancionar con hasta 12 años de prisión a quienes promuevan inscripción de agrupaciones terroristas en el sistema electoral.

Un proyecto de ley multidisciplinario envió el Poder Ejecutivo al Congreso, con el fin de endurecer las acciones de reclutamiento y conspiración con fines terroristas,  y prevenir futuros actos ilícitos vinculados con organizaciones subversivas o movimientos que pretenden alterar el orden jurídico-social del país.

La propuesta legislativa modifica el Decreto Ley Nº 25475 y  plantea la reforma integral del artículo 6º-A de este dispositivo, al sumar al reclutamiento de terceros realizado para cometer actos de terrorismo, la captación, traslado o retención para instruir o adiestrar en las habilidades o técnicas propias de las organizaciones terroristas. Asimismo, en adoctrinar a través de ideas basadas en la violencia y otros rasgos propios de estos movimientos subversivos. Las penas serán no menores a 25 años de prisión si las víctimas son mujeres, integrantes de comunidades campesinas, nativas o poblaciones vulnerables. Asimismo, cuando los actos delictivos son cometidos por profesores o parientes, funcionarios públicos y miembros o ex integrantes de la Policía Nacional o Fuerzas Armadas.  En estos últimos casos, las sanciones también incluirán la inhabilitación de los implicados.  Sí las víctimas son menores de edad o madres gestantes la pena alcanzará la cadena perpetua. La iniciativa del Ejecutivo propone pena privativa de la libertad no menor de 10 ni mayor de 20 años para las acciones de conspiración terrorista. En caso el delito que se buscaba perpetrar se encontrara sancionado con cadena perpetua, se impondrá una pena no menor de 30 años. Por otro lado, los actos que promuevan la inscripción ilegal  ante el Jurado Nacional de Elecciones de una organización que defiende, promueve y financia la ideología y actos de agrupaciones terroristas en el Perú o el extranjero,    como el Movimiento por la Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef), serán penados con entre ocho y 12 años de cárcel. El proyecto de ley del Gobierno también establece los criterios para determinar conductas antidemocráticas, como el apoyo al accionar de los movimientos subversivos en el país y el exterior. La inclusión en las listas de candidatos de organizaciones políticas a personas sentenciadas por terrorismo, así como utilizar a estas agrupaciones como fachada para la difusión de mensajes terroristas y tratar de encubrir la violencia,  también recibirán sanción. Para facilitar la aplicación de estas disposiciones se propone la modificación de la Ley de Partidos Políticos, la misma que regula actualmente, de manera muy superficial, las causales para la declaración de ilegalidad de una organización política basada o vinculada a grupos subversivos que fomentan la imposición de ideas a través de la violencia, amenaza o intimidación. MÁS FACULTADES PARA PROCURADORES El paquete de modificaciones al Decreto Ley Nº 25475 busca también fortalecer el Sistema de Defensa Jurídica Nacional del Estado en la lucha contra el terrorismo. En ese se sentido, se promueve  potenciar su participación en diligencias, impugnar fiscales o decisiones judiciales, etc. Finalmente, como parte de las medidas de fortalecimiento, se plantea la modificación de los artículos 122º y 227º del Código de Procedimientos Penales, para que el procurador especializado en delitos de Terrorismo pueda presenciar la declaración instructiva tomada por el juez. Además, que ya no sea obligatoria la presentación de testigos y peritos cuando no se esté conforme con la reparación civil solicitada por el fiscal.

Lima, 15 de diciembre de 2012 Oficina de Prensa e Imagen Institucional

Presidencia del Consejo de Ministros

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