Poder Ejecutivo remitió al Congreso el proyecto de ley que incorpora el delito de terrorismo urbano al Código Penal
Nota de prensaProyecto establece sancionar con no menos de 25 años de cárcel ni más de 35 a quienes cometan extorsión en el transporte público.





Fotos: PCM
3 de octubre de 2024 - 3:19 p. m.
En cumplimiento a los anuncios realizados por el Gobierno nacional para combatir el crimen organizado, el Ejecutivo envió al Congreso de la República el Proyecto de Ley que modifica el Código Penal, al incorporar el delito de terrorismo urbano y establecer variaciones para sancionar a quienes cometan sicariato y extorsión, con la finalidad de fortalecer las acciones contra la inseguridad ciudadana.
“Con esta propuesta el Gobierno busca fortalecer la lucha contra la delincuencia o el crimen organizado y desincentivar la comisión de estos delitos que afectan la sana convivencia social, la paz familiar y el desarrollo del país”, indicó el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.
El dispositivo legal presentado define el terrorismo urbano como los actos que generen zozobra en la población o un sector de ella, a través de los delitos de extorsión y sicariato; y establece sancionar a quienes lo cometan con pena privativa de la libertad no menor a 30 años.
También considera castigar con cadena perpetua si el perpetrador pertenece a las Fuerzas Armadas (FF.AA.) o la Policía Nacional del Perú (PNP); emplea armamento, material de guerra o artefactos explosivos; utiliza armas, municiones o explosivos de las FF. AA. y la PNP, o si recurre a un menor de edad.
Agravan penas para sicariato y extorsión
La iniciativa también plantea sancionar a los que cometan sicariato y a quienes lo ordenen o encarguen, con pena privativa de libertad no menor de 30 años, y con cadena perpetua si el delito es cometido valiéndose de un menor de edad o armas de guerra, para dar cumplimiento a la orden de una organización criminal, con intervención de dos o más personas en la ejecución, o cuando las víctimas sean dos o más individuos.
Adicionalmente, castiga con no menos de 10 años de cárcel ni más de 15 a quienes participen en una conspiración para promover o facilitar el delito de sicariato, a los que soliciten u ofrezcan cometerlo, así como a los que actúen como intermediarios. La pena para esta acción será no menor de 20 años de prisión ni mayor de 30 si se realiza con la intervención de un menor de edad.
Además, el proyecto dispone que la pena sea no menor de 25 años de cárcel ni mayor de 35 si la violencia o amenaza realizada por el extorsionador es cometida contra personas naturales o jurídicas que brindan servicio de transporte público.
El proyecto incluye una disposición complementaria final que dictamina que los efectivos de las FF.AA. y la PNP, que durante la vigencia de los estados de emergencia sean denunciados por actos realizados en el cumplimiento de sus funciones, serán investigados, y de ser el caso procesados, en el Fuero Privativo Militar.
La iniciativa legislativa propuesta por el Ejecutivo puede ser consultado en: https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal/#/expediente/2021/9085