Resolución Ministerial N.° 129-2021-PCM
14 de junio de 2021
Se modifica el articulo 10 de la Resolución Ministerial N° 072-2021-PCM, con el siguiente texto:
“Articulo 10.- Periodo de vigencia e lnforme Final
El Grupo de Trabajo tiene una vigencia hasta el 15 de julio de 202 1, plazo en el cual debe presentar un /nforme Final a la Presidencia del Consejo de Ministros.
Articulo 2.- Publicación
Publiquese la presente Resolución Ministerial en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.qob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Registrese, comuníquese y publíquese.
“Articulo 10.- Periodo de vigencia e lnforme Final
El Grupo de Trabajo tiene una vigencia hasta el 15 de julio de 202 1, plazo en el cual debe presentar un /nforme Final a la Presidencia del Consejo de Ministros.
Articulo 2.- Publicación
Publiquese la presente Resolución Ministerial en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.qob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Registrese, comuníquese y publíquese.