Decreto Supremo N.° 177-2020-PCM

3 de noviembre de 2020

Para efectos de rendir el examen escrito de admisión y la adjudicación de plazas de los programas de formación de Residentado Medico y Odontológico del año 2020, los postulantes y el personal de las instituciones formadoras a cargo, podrán hacer uso de vehículos particulares, así como desplazarse en las horas en las que rige la inmovilización social obligatoria, regulada en el Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, Decreto Supremo que establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19, modificado por los Decretos Supremos N° 129-2020-PCM, N° 135-2020-PCM, N° 139-2020-PCM, N° 146-2020-PCM, N° 151-2020-PCM, N° 156-2020-PCM, N° 162-2020-PCM y N° 170-2020-PCM. Las mencionadas instituciones adoptan las acciones necesarias para la realización de las citadas actividades para el residentado, respetando las medidas de prevención de la COVID-19.

Esta norma pertenece al compendio Normativa sobre Estado de Emergencia por Coronavirus

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