Resolución Directoral N.° 044-2021-MML-PROHVILLA-DT
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N.° 044-2021-MML-PROHVILLA-DT
29 de noviembre de 2021
Artículo Primero.- Autorizar la entrega de un fondo por encargo interno por la suma de S/. 2,737.00 (dos mil setecientos treinta y siete y 00/100 soles) a nombre del DANIELA CHANGANAQUI ALFARO, para la realización de la actividad "Rally de Observación de Aves" a llevarse a cabo los días 04 y 05 de diciembre de 2021.
Artículo Segundo.- Disponer que DANIELA CHANGANAQUI ALFARO Jefa de la Oficina de Investigación Científica y Desarrollo de Proyecto, rinda cuenta documentada por los fondos a ser otorgados bajo la modalidad de "Encargo" a que se refiere el artículo primero de la presente Resolución, los cuales serán rendidos a la servidora responsable de Tesorería, debiendo presentar la liquidación total de los fondos asignados, adjuntando las facturas originales y demás documentación sustentatoria, en el plazo máximo de tres (03) días hábiles siguientes a la fecha de conclusión de la actividad, conforme a lo establecido en el numeral 40.3 del artículo 40° de la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15, aprobada por Resolución Directora! N° 002-2007-EF/77.15 modificada por la Resolución Directoral N° 004-2009-EF-77.15.
Artículo Tercero.- En caso de existir saldo en efectivo, deberá ser devuelto a la responsable de Tesorería en el plazo máximo de dos (02) días hábiles siguientes a la fecha de la ejecución de la actividad, "Rally de Observación de Aves" conforme con el artículo 1° de la presente Resolución, para que se efectúe el depósito a la cuenta corriente respectiva.
Artículo Segundo.- Disponer que DANIELA CHANGANAQUI ALFARO Jefa de la Oficina de Investigación Científica y Desarrollo de Proyecto, rinda cuenta documentada por los fondos a ser otorgados bajo la modalidad de "Encargo" a que se refiere el artículo primero de la presente Resolución, los cuales serán rendidos a la servidora responsable de Tesorería, debiendo presentar la liquidación total de los fondos asignados, adjuntando las facturas originales y demás documentación sustentatoria, en el plazo máximo de tres (03) días hábiles siguientes a la fecha de conclusión de la actividad, conforme a lo establecido en el numeral 40.3 del artículo 40° de la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15, aprobada por Resolución Directora! N° 002-2007-EF/77.15 modificada por la Resolución Directoral N° 004-2009-EF-77.15.
Artículo Tercero.- En caso de existir saldo en efectivo, deberá ser devuelto a la responsable de Tesorería en el plazo máximo de dos (02) días hábiles siguientes a la fecha de la ejecución de la actividad, "Rally de Observación de Aves" conforme con el artículo 1° de la presente Resolución, para que se efectúe el depósito a la cuenta corriente respectiva.