Resolución Directoral N.° 009-2021-MML-PROHVILLA-DT
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N.° 009-2021-MML-PROHVILLA-DT
3 de mayo de 2021
Artículo Primero.- Autorizar la entrega de un fondo por encargo Interno por la suma de SI. 1,200.00 (un mil doscientos y 00/100 soles) a nombre del EDUARDO REY LARICO QUISPE, Técnico Administrativo de la Oficina General de Administración, para llevar a cabo la actividad por el Día de la Madre en PROHVILLA.
La actividad se realizará el día, viernes 07 de mayo de 2021.
Artículo Segundo.- Disponer que EDUARDO REY LARICO QUISPE, Técnico Administrativo de la Oficina General de Administración, rinda cuenta documentada por los fondos a ser otorgados bajo la modalidad de "Encargo" a que se refiere el artículo primero de la presente Resolución, los cuales serán rendidos a la servidora responsable de Tesorería, debiendo presentar la liquidación total de los fondos asignados, adjuntando las facturas originales y demás documentación sustentatoria, en el plazo máximo de tres (03) días hábiles siguientes a la fecha de conclusión de la compra, conforme a lo establecido en el numeral 40.3 del artículo 40° de la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15, aprobada por Resolución Directora! N° 002-2007-EF/77.15 modificada por la Resolución Directoral N° 004-2009-EF-77.15.
Artículo Tercero.- En caso de existir saldo en efectivo, deberá ser devuelto a la responsable de Tesorería en el plazo máximo de dos (02) días hábiles siguientes a la fecha de la ejecución de la inactividad por el Día de la Madre, referido en el artículo 1° de la presente Resolución, para que se
Rbfectúe el depósito a la cuenta corriente respectiva.
La actividad se realizará el día, viernes 07 de mayo de 2021.
Artículo Segundo.- Disponer que EDUARDO REY LARICO QUISPE, Técnico Administrativo de la Oficina General de Administración, rinda cuenta documentada por los fondos a ser otorgados bajo la modalidad de "Encargo" a que se refiere el artículo primero de la presente Resolución, los cuales serán rendidos a la servidora responsable de Tesorería, debiendo presentar la liquidación total de los fondos asignados, adjuntando las facturas originales y demás documentación sustentatoria, en el plazo máximo de tres (03) días hábiles siguientes a la fecha de conclusión de la compra, conforme a lo establecido en el numeral 40.3 del artículo 40° de la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15, aprobada por Resolución Directora! N° 002-2007-EF/77.15 modificada por la Resolución Directoral N° 004-2009-EF-77.15.
Artículo Tercero.- En caso de existir saldo en efectivo, deberá ser devuelto a la responsable de Tesorería en el plazo máximo de dos (02) días hábiles siguientes a la fecha de la ejecución de la inactividad por el Día de la Madre, referido en el artículo 1° de la presente Resolución, para que se
Rbfectúe el depósito a la cuenta corriente respectiva.