Resolución Directoral N.° 051-2024-MML-PROHVILLA-DT
RESOLUCION DIRECTORAL N°0051-2024-MML-PROHVILLA-DT
8 de julio de 2024
Sobre la aplicación de dicha normatividad, se llegó a la conclusión que el órgano instructor competente debe ser la Oficina General de Administración de la Autoridad Municipal Pantanos de Villa PROHVILLA, hecho que se consumó con la suscripción de la Dirección Técnica, sobre la resolución que apertura el presente procedimiento administrativo disciplinario.
Asimismo, aunando a lo anterior, se tiene lo establecido en los numeral 12) del artículo 21° numeral 8 del artículo 22° del ROF, precisa que son entre otras funciones.
Las demás que les sean asignadas por el Consejo Directivo o la Dirección Técnica, o le corresponda de acuerdo a Ley.
En ese orden de ideas, habiéndose corroborado que en el Informe de precalificación se determinó que el órgano instructor competente debía ser la Directora Técnica; así como, que la resolución de inicio del PAD de fecha 06 de junio de 2024, fueron debidamente suscritas por el Secretario Técnico (informe de precalificación )y la directora técnica
Asimismo, aunando a lo anterior, se tiene lo establecido en los numeral 12) del artículo 21° numeral 8 del artículo 22° del ROF, precisa que son entre otras funciones.
Las demás que les sean asignadas por el Consejo Directivo o la Dirección Técnica, o le corresponda de acuerdo a Ley.
En ese orden de ideas, habiéndose corroborado que en el Informe de precalificación se determinó que el órgano instructor competente debía ser la Directora Técnica; así como, que la resolución de inicio del PAD de fecha 06 de junio de 2024, fueron debidamente suscritas por el Secretario Técnico (informe de precalificación )y la directora técnica