Gobierno garantiza que EPS del país continúen abastecimiento de agua potable sin costo a familias vulnerables

Nota de prensa
Con transferencia de más de S/ 3.5 millones al OTASS para promover medidas de protección ante el COVID-19 entre pobladores sin acceso a los servicios de saneamiento

15 de setiembre de 2021 - 10:41 a. m.

A fin de seguir promoviendo medidas de protección para evitar la propagación del COVID-19 y abasteciendo de agua potable gratis a la población más vulnerable del país y sin acceso a los servicios de saneamiento, el gobierno dispuso, a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la transferencia de más de S/ 3.5 millones al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS).

Dicha entrega, que se oficializó a través del Decreto de Urgencia N°084-2021 publicado en el diario oficial El Peruano, se destinará a favor de los Fondos de Inversión de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) de accionariado municipal, que utilizarán estos montos para el abastecimiento gratuito del recurso, mediante camiones cisterna, en lo que resta del presente año.

La normativa plantea también que los gerentes generales de estas entidades informarán, con carácter de declaración jurada, a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), con copia a la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Adicionalmente, informarán al OTASS en las mismas fechas de reporte a la Sunass.

El dispositivo señala, además, que, de manera excepcional, el OTASS podrá transferir recursos a aquellas EPS que no tengan conformado su Fondo de Inversión, debiendo realizar la fiscalización de dichos recursos, con el objetivo de garantizar que sean destinados exclusivamente para el fin establecido por la norma.

Asimismo, que, para la implementación de lo señalado, el organismo cuenta con un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, contados desde la entrada en vigor del Decreto de Urgencia N°084-2021, para aprobar las disposiciones correspondientes para que las empresas realicen la presentación de las solicitudes, para su evaluación y la aprobación de las transferencias financieras a favor de las mencionadas EPS.