“Empresas prestadoras en el régimen de apoyo transitorio ahora tienen protección patrimonial”

Nota de prensa
Director de Políticas y Gobierno Corporativo del OTASS indicó que nueva ley marco evitará posibles embargos o retenciones en cuentas financieras

7 de febrero de 2017 - 9:29 a. m.

Lima.- El director de Políticas y Gobierno Corporativo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), Antonio Bringas, afirmó que “las empresas prestadoras en el régimen de apoyo transitorio ahora tienen protección patrimonial, por lo que no se puede iniciar procesos judiciales o extrajudiciales que afecten sus bienes muebles o inmuebles”.

Así lo indicó durante su exposición en el X Curso de Extensión Universitaria, organizado por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass).

Esta protección legal se estableció en la nueva Ley Marco de la Prestación y la Gestión de los Servicios de Saneamiento (Decreto Legislativo N° 1280), para evitar precisamente embargos o retenciones en las cuentas financieras de las empresas prestadoras incorporadas al régimen de apoyo transitorio.

“Lo que se busca es que los estados financieros de estas empresas no empeoren. Pero, no implica que dejarán de cumplir sus obligaciones de pago”, acotó.

Asimismo, Bringas explicó que esta nueva ley faculta al OTASS a financiar bienes y servicios con su propio presupuesto, así como realizar transferencias directas a las empresas prestadoras.

También señaló que, en adelante, el encargado de realizar las evaluaciones a las empresas prestadoras de servicios será la Sunass, que determinará cuáles son las que incurren en causal para ingresar al régimen de apoyo transitorio.

Este régimen es una modalidad administrativa que conduce el OTASS en aquellas empresas prestadoras que necesitan se reflotadas. Para ello, las ayuda a establecer estrategias de corto, mediano y largo plazo que las lleven a mejorar financiera, técnica, operativa y legalmente.