Aclaramos sobre la continuidad del Régimen de Apoyo Transitorio (RAT) del OTASS en 18 EPS
Comunicado
5 de agosto de 2025 - 3:18 p. m.
Ante versiones periodísticas con información errada sobre la continuidad del Régimen de Apoyo Transitorio (RAT), el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) aclara lo siguiente:
1.- Actualmente 18 Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) de accionariado municipal, ubicadas en 10 regiones del país, se encuentran bajo RAT del OTASS. Este régimen especial permite al Estado a través del organismo intervenir de forma temporal y extraordinaria para recuperar y fortalecer la gestión operativa, financiera y comercial de las prestadoras, en beneficio directo de millones de peruanos que son usuarios de los servicios de agua potable y saneamiento.
2.- Las empresas, durante este periodo, mantienen su protección patrimonial y están sujetas a medidas destinadas reflotar su gestión. Por disposición de ley, y mientras la EPS se encuentre en el RAT, las atribuciones de los municipios como accionistas están temporalmente suspendidas.
3.- En ese contexto, aclaramos que el proyecto normativo publicado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución Ministerial N° 190-2025-VIVIENDA, referido al procedimiento para el restablecimiento de atribuciones a los municipios accionistas, aplica exclusivamente a las EPS que hayan concluido formalmente el RAT previa evaluación del regulador. Por tanto, actualmente las 18 EPS que continúan bajo administración transitoria del OTASS no están comprendidas en dicha norma.
4.- Desde el OTASS, reafirmamos nuestro compromiso de seguir impulsando la recuperación de las prestadoras bajo nuestra administración temporal, a fin de lograr su sostenibilidad en favor de la población y que, una vez reflotadas, retornen a la gestión municipal.
1.- Actualmente 18 Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) de accionariado municipal, ubicadas en 10 regiones del país, se encuentran bajo RAT del OTASS. Este régimen especial permite al Estado a través del organismo intervenir de forma temporal y extraordinaria para recuperar y fortalecer la gestión operativa, financiera y comercial de las prestadoras, en beneficio directo de millones de peruanos que son usuarios de los servicios de agua potable y saneamiento.
2.- Las empresas, durante este periodo, mantienen su protección patrimonial y están sujetas a medidas destinadas reflotar su gestión. Por disposición de ley, y mientras la EPS se encuentre en el RAT, las atribuciones de los municipios como accionistas están temporalmente suspendidas.
3.- En ese contexto, aclaramos que el proyecto normativo publicado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución Ministerial N° 190-2025-VIVIENDA, referido al procedimiento para el restablecimiento de atribuciones a los municipios accionistas, aplica exclusivamente a las EPS que hayan concluido formalmente el RAT previa evaluación del regulador. Por tanto, actualmente las 18 EPS que continúan bajo administración transitoria del OTASS no están comprendidas en dicha norma.
4.- Desde el OTASS, reafirmamos nuestro compromiso de seguir impulsando la recuperación de las prestadoras bajo nuestra administración temporal, a fin de lograr su sostenibilidad en favor de la población y que, una vez reflotadas, retornen a la gestión municipal.
Lima, 5 de agosto de 2025.