Resolución Directoral N.° 000038-2022-OTASS-DE

Resolución Directoral N° 000038-2022-OTASS-DE

17 de agosto de 2022

Artículo 1.- Autorización de transferencia financiera
Autorizar la transferencia financiera del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, hasta por la suma de S/ 353,165.00 (Trescientos cincuenta y tres mil ciento sesenta y cinco con 00/100 soles) a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Moquegua Sociedad Anónima – EPS Moquegua S.A., con cargo a los recursos asignados en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada a financiar la Ficha Técnica FI-01-GC, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.-
Financiamiento
La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2022 de la Sección Primera: Gobierno Central, Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000857: Prestadores Reciben Asistencia Técnica y Financiera para la Prestación del Servicio, Actividad 5006376: Integración de Prestadores de Servicios de Saneamiento, Meta 0018: Asistencia Económico Financiero para la Integración de Prestadores de los Servicios de Saneamiento, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub Genérica de Gasto 2.4.2: Donaciones y Transferencias de Capital, Detalle de la Específica de Gasto 2.4.2.3.1.4: A otras Entidades Públicas, por el monto de S/ S/ 353,165.00.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución son destinados exclusivamente, bajo responsabilidad, a los fines para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo y seguimiento
El órgano competente del OTASS supervisa la correcta ejecución de los recursos transferidos y verifica el cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfieren los recursos.

Artículo 5.- Copia informativa Remitir copia informativa de la presente Resolución a la Oficina de Administración, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a la Dirección de Operaciones, a la Dirección de Monitoreo y Evaluación, y a la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Moquegua Sociedad Anónima – EPS Moquegua S.A., para los fines correspondientes.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales

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