Posición del Ositrán sobre la modificación de la Ley del Sistema Portuario Nacional

Comunicado
comunicado Ositran

12 de abril de 2024 - 2:58 p. m.

El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) saluda la llegada de nuevas inversiones al Perú, resaltando en el sistema portuario la del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay y del Nuevo Terminal Portuario de San Juan de Marcona, ambas con un importante componente de capital extranjero.

Ositrán ha participado en las etapas de estructuración y transacción del proceso para el otorgamiento de la concesión del Terminal Portuario de San Juan de Marcona, habiendo emitido opinión favorable al proyecto de contrato de dicha concesión.

En cambio, Ositrán no ha sido parte del proceso de otorgamiento de la habilitación portuaria para el Terminal Portuario Multipropósito de Chancay al no encontrarse dentro de sus funciones. Es así que, a pesar de haber sido informado del otorgamiento de dicha habilitación en febrero de 2021, y de conocer que, según su Ley de Creación, en el futuro supervisará a dicho terminal portuario cuando inicie su explotación, este Organismo Regulador ha sido cuidadoso de no tener ningún tipo de participación, ni en la etapa de autorizaciones, ni en la de ejecución de inversiones, por no contar con atribuciones para ello, toda vez que en la etapa de ejecución de obra, la competencia corresponde exclusivamente a la Autoridad Portuaria Nacional.

No obstante, en febrero del presente año, la Autoridad Portuaria Nacional solicitó la intervención del Ositrán a efectos de iniciar los estudios pertinentes referidos a la fijación de tarifas en caso de no existir condiciones de libre competencia con miras al próximo inicio de operaciones del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay.

En dichas evaluaciones preliminares, Ositrán identificó la presunta existencia de una barrera burocrática ilegal, dado que la Autoridad Portuaria Nacional otorgó a Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A. la exclusividad de la explotación de prestación de los servicios esenciales en la infraestructura portuaria.

Es así, que Ositrán, de acuerdo a su propio marco normativo, presentó una denuncia informativa ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, a fin de que sea esta institución la que determine si existía ilegalidad en dicho otorgamiento.

No obstante, Ositrán ha retirado la referida denuncia por existir causa pendiente en el Poder Judicial al haber tomado conocimiento de la reciente interposición de una demanda contencioso administrativa presentada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones con fundamentos similares a la denuncia informativa.

No cabe duda de que la Ley del Sistema Portuario Nacional no contempla la prerrogativa de permitir la exclusividad en las habilitaciones portuarias, por lo que se requiere de su modificación, aspecto que está siendo tratado en el Congreso de la República del Perú.

Es con ese objetivo que la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso de la República ha aprobado por unanimidad el dictamen que permite modificar la Ley del Sistema Portuario Nacional para que en habilitaciones portuarias se otorgue exclusividad de la explotación de prestación de los servicios en la infraestructura portuaria, aspecto sobre el cual Ositrán ha manifestado pública y reiteradamente encontrarse de acuerdo por constituir un mecanismo legítimo de recuperación de inversiones y porque permitirá al Estado peruano cumplir con sus compromisos respecto del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay.

Sin embargo, Ositrán solicita al Congreso de la República retirar el numeral 9.4. del referido proyecto de ley que propone establecer que los puertos de titularidad privada y uso público no sean considerados como entidades prestadoras para efectos del marco regulatorio. Dicha propuesta no solamente es ajena a la Ley del Sistema Portuario Nacional, sino que contradice lo previsto en otros artículos de la misma norma y, adicionalmente, pretende modificar las competencias del Ositrán otorgadas en su ley de creación, sin ningún sustento, ni fundamento, ni contar con la opinión de la entidad y del sector afectado con la propuesta de cambio normativo.

Desde 1998, Ositrán ejerce su competencia sobre entidades prestadoras que explotan infraestructura de alcance nacional de transporte de uso público, independientemente de la titularidad de la infraestructura (pública o privada), porque la actuación del Organismo Regulador está orientada a que el Estado cumpla con su deber constitucional de defender el interés de los usuarios de los servicios públicos, previsto en el artículo 65 de la Constitución Política del Perú, como son los servicios prestados en un puerto y que estos se brinden con las garantías y condiciones de seguridad, eficacia, eficiencia, calidad, regularidad, continuidad y no discriminación, interés que se debe garantizar independientemente de que el servicio se brinde sobre una infraestructura de titularidad pública o privada o se trate de una empresa pública o privada, porque el objetivo es el interés general, es decir el interés de los usuarios intermedios y finales de dicho servicio público.

En todos estos años, la actuación del Regulador no ha impedido que el sector portuario, sin lugar a duda, se haya convertido en el sector más exitoso entre las infraestructuras de transporte concesionadas supervisadas por el Ositrán, donde la inversión privada ha jugado un rol protagónico y en la mayoría de los casos, sin cofinanciamiento del Estado. Estas empresas del sector privado, asumiendo todo el riesgo financiero, han mejorado y construido donde muchas veces la infraestructura portuaria era inexistente, inaugurando nuevos terminales portuarios en el Perú, cumpliendo además con los requerimientos y estándares de calidad contractuales a los que están obligadas, con alta especialización y en un escenario regulatorio que no ha sido un obstáculo para su crecimiento, donde el importe referencial de inversión comprometida asciende a USD 3400 millones, con una ejecución en términos nominales de USD 2121 millones, que en valores constantes de febrero del presente año, significan un monto de inversión ascendente a USD 2691 millones.

Es por ello, que vemos con optimismo la llegada de nuevas inversiones en los terminales portuarios de San Juan de Marcona (USD 404 millones) y Chancay (USD 1300 millones durante la primera etapa), con la convicción que el cumplimiento de la normativa legal vigente desde el inicio de las reformas estructurales de nuestra economía en los años 90, no debe ser visto como un obstáculo para su desarrollo, más aún si se trata de condiciones legales de conocimiento público desde el primer día en que se tomó la decisión de invertir en un país como el Perú, donde se apuesta por la inversión privada para el cierre de brechas de infraestructura de transporte de uso público, reto que tenemos pendiente para mejorar la calidad de vida de todos nuestros ciudadanos.