Resolución de Presidencia N.° 018-2025-PD-OSITRAN

28 de enero de 2025

Se deniega la confidencialidad de la frase relativa a la antelación con la cual Lima Airport Partners S.R.L. comunica el monto de la TUUA a las aerolíneas, contenida en la tercera oración de las cláusulas 5.8 de los Contratos con las Aerolíneas y la cita de dicha frase en el cuerpo de la Carta C-LAP-GPF-2024-0176 de fecha 12 de noviembre de 2024.
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