Resolución de Consejo Directivo N.° 038-2017-CD-OSITRAN

14 de diciembre de 2017

Declaran improcedente el recurso de reconsideración interpusto por Concesionario Puerto Amazonas S.A. contra la Resolución del Consejo Directivo N° 019-2017-CD-OSITRAN, en el extremos que declaró que no correspondía fijar una tarifa para el Servicio Especial denominado «almacenamiento de carga sólida a granel a partir del cuarto día en adelante».

Vista preliminar de documento 038-2017-cd-ositran

038-2017-cd-ositran

PDF
3.4 MB