Resolución de Gerencia N.° 055-2016-GSF-OSITRAN
14 de diciembre de 2016
Se declara que la empresa APM Terminals Callao S.A., incumplió las obligaciones previas en la cláusula 8.21 como el literal g) del numeral del 1 del Anexo 3 del contrato de concesión.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Gerencia de Supervisión y Fiscalización
