Resolución de Gerencia de Supervisión N.° 018-2016-GSF-OSITRAN
4 de febrero de 2016
Se declara que la empresa Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. incumplió la obligación prevista en el artículo 61 del reglamento de atención de reclamos y solución de controversias del Ositrán.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Gerencia de Supervisión y Fiscalización
