Resolución de Consejo Directivo N.° 029-2014-CD-OSITRAN

14 de diciembre de 2017

Disponen el inicio de interpretación de oficio de la cláusula 8.17, literal b), cuarto párrafo del Contrato de Concesión del Terminal Portuario de Paita, a efectos de determinar el alcance del siguiente texto: «En el caso del Muelle de Contenedores, el CONCESIONARIO deberá atender cada Nave con al menos un grúa pórtico de muelle, salvo […]

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