Resolución de Consejo Directivo N.° 077-2013-CD-OSITRAN
14 de diciembre de 2013
Se dispone el inicio de interpretación de oficio las cláusulas 6.9, 6.10, 11.12, 11.29, 13.5 y en el numeral 6.9 de la Tabla Nº 3 del anexo X del contrato de concesión del Tramo Inambari lñapari del proyecto del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú-Brasil, Tramo 3.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo Directivo
