Resolución de Consejo Directivo N.° 003-2014-CD-OSITRAN

14 de diciembre de 2017

Interpretan el alcance de las cláusulas 6.9, 6.10, 11.12, 11.29, 13.5, y el numeral 6.9 de la Tabla N° 3 del Anexo X del Contrato de Concesión del Tramo Inambari – Iñapari del Proyecto del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú – Brasil, Tramo 3, en relación al Libro de Obra.

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