Resolución de Consejo Directivo N.° 003-2014-CD-OSITRAN
14 de diciembre de 2014
Se interpreta el alcance de las cláusulas 6.9, 6.10, 11.12, 11.29, 13.5, y el numeral 6.9 de la tabla N° 3 del anexo X del contrato de concesión del Tramo Inambari-Iñapari del proyecto del corredor vial interoceánico Sur, Perú-Brasil, Tramo 3, en relación al libro de obra.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo Directivo
