Resolución de Consejo Directivo N.° 070-2013-CD-OSITRAN
14 de diciembre de 2017
SE RESUELVE: Artículo 1.- Interpretar el alcance de las cláusulas 1.6, 7.7 y literal d) de la cláusula 8.21 del Contrato de Concesión, referidas al Mantenimiento de Emergencia, del Tramo Vial Urcos – Inambari del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú – Brasil, Tramo 2, en los siguientes términos: (…)