Resolución de Consejo Directivo N.° 035-2013-CD-OSITRAN

14 de diciembre de 2013

Se dispone el inicio de interpretación de oficio de la cláusula 1.6, 7.7 y literal d) de la cláusula 8.21 del Contrato de Concesión, referidos al Mantenimiento de Emergencia, del Tramo Vial Urcos-Inambari del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú-Brasil, Tramo 2.

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