Resolución de Consejo Directivo N.° 035-2013-CD-OSITRAN

14 de diciembre de 2017

SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- DISPONER el inicio de interpretación de Oficio de la cláusula 1.6, 7.7 y literal d) de la cláusula 8.21 del Contrato de Concesión, referidos al Mantenimiento de Emergencia, del Tramo Vial Urcos – Inambari del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú – Brasil, Tramo 2.

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