Resolución de Consejo Directivo N.° 020-2013-CD-OSITRAN
14 de diciembre de 2017
SE RESUELVE: ARTICULO 1°.- DISPONER el inicio de interpretación de Oficio de la cláusula 7.7 (Mantenimiento de los Bienes de la Concesión) y del Anexo 6 del Contrato de Concesión del Ferrocarril del Sur y Sur Oriente, suscrito por FERROCARRIL TRANSANDINO S.A.