Resolución de Consejo Directivo N.° 033-2012-CD-OSITRAN
14 de diciembre de 2012
Se declara improcedente la solicitud de interpretación respecto al reajuste del pamo establecido en el numeral 4.18 del anexo B del contrato de concesión, presentada por la concesión Canchaque S.AC.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo Directivo
