Resolución de Consejo Directivo N.° 046-2011-CD-OSITRAN
11 de octubre de 2011
Se reencausa la solicitud de nulidad como un Recurso de Apelación contra la decisión del Comité Electoral que declara improcedente la reconsideración con la Resolución N°001-2011-CE-CUP, de fecha 04 de julio de 2011, que a su vez declara fundada la tacha interpuesta contra ASPPOR.
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