Resolución de Consejo Directivo N.° 033-2011-CD-OSITRAN
14 de diciembre de 2017
Se resuelve: Artículo 1.- El alcance del cuarto párrafo de la cláusula 6.7 del Contrato de Concesión del Tramo Vial: Ovalo Chancay/ DV Variante Pasamayo – Huaral – Acos, deberá interpretarse en los términos siguientes: