Resolución de Consejo Directivo N.° 048-2007-CD-OSITRAN
14 de diciembre de 2007
Se interpreta los alcances del Numeral 8.2.1.3.1 de la Cláusula Octava del contrato de concesión del Primer Grupo de Aeropuertos de provincias de la República del Perú, en los términos siguientes: >
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