Resolución de Consejo Directivo N.° 065-2005-CD-OSITRAN
9 de marzo de 2005
Se declara improcedente la solicitud de rectificación de error aritmético presentada por la Asociación de Empresas de Transporte Aéreo Internacional, en contra de la Resolución Nº 053-2005-CD-OSITRAN.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo Directivo
