Resolución de Consejo Directivo N.° 061-2004-CD-OSITRAN

14 de diciembre de 2004

Se establece que la unidad de cobro para el servicio de uso de amarradero establecida en el anexo de la Resolución Nº 001-99-CD-OSITRAN corresponde a la eslora total que consta en el certificado de matrícula expedido por el estado de abanderamiento.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo Directivo

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