Resolución de Gerencia General N.° 088-2010-GG-OSITRAN

14 de diciembre de 2017

Se resuelve: Primero.- Declarar que la conducta de la empresa concesionaria Aeropuertos del Perú S.A. materia del presente procedimiento, no se encuentra tipificada como infracción en el marco de lo dispuesto en el Artículo 21.1.12° del reglamento de infracciones y Sanciones.

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