Resolución de Gerencia General N.° 003-2007-GG-OSITRAN
12 de enero de 2007
Dispone que el Comité Especial Permanente y en caso de ausencia del presidente del Comité Especial, la presidencia será asumida por el primer miembro titular, y en ausencia de éste por el segundo miembro titular.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Gerencia General
