Resolución de Gerencia General N.° 007-2006-GG-OSITRAN
2 de febrero de 2006
Se opina que no existe restricción contractual o legal alguna que permita al Ositrán objetar la transferencia de acciones y la constitución del usufructo sobre acciones cuya autorización se ha solicitado al concedente, declarando que corresponde al concedente evaluar y decidir acerca de la solicitud de autorización presentada por la empresa Concesionaria Interoceánica Sur.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Gerencia General
