Resolución de Gerencia General N.° 039-2003-GG-OSITRAN
4 de noviembre de 2003
Se impone a LAP una sanción equivalente al 0,05 % de sus ingresos brutos que hayan sido facturados por LAP el año 2002, por el incumplimiento del Artículo 42 del RIS del Ositrán.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Gerencia General
