Resolución de Consejo Directivo N.° 043-2018-CD-OSITRAN

21 de diciembre de 2018

Declaran el ABANDONO DEL PROCEDIMIENTO de interpretación del segundo párrafo de la cláusula 5.3 del Contrato de Concesión Carretera Longitudinal de la Sierra Tramo 2: Ciudad de Dios – Cajamarca – Chiple, Cajamarca – Trujillo y Dv. Chilete – Emp. PE-3N, solicitado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante el Oficio N° 2661-2018-MTC/25.

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