Resolución de Consejo Directivo N.° 005-2019-CD-OSITRAN
21 de febrero de 2019
Se declara improcedente la solicitud presentada por el concesionario para calificar el servicio denominado suministro de equipos especiales para manipuleo de contenedores con puntos de izaje dañados como un servicio especial no previsto en el contrato de concesión o como un servicio nuevo.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo Directivo
