Resolución de Consejo Directivo N.° 003-2019-CD-OSITRAN
21 de febrero de 2019
Disponen el inicio de interpretación del primer párrafo de la cláusula 8.8 del Contrato de Concesión del proyecto ?Hidrovía Amazónica: ríos Marañón y Amazonas, tramo Saramiriza ? Iquitos ? Santa Rosa; río Huallaga, tramo Yurimaguas ? Confluencia con el río Marañón; río Ucayali, tramo Pucallpa ? confluencia con el río Marañón?.