Resolución de Consejo Directivo N.° 023-2019-CD-OSITRAN

14 de mayo de 2019

Se declara improcedente la solicitud de interpretación de las cláusulas 5.4, 5.11 y los numerales 4 y 8 del anexo VIII del contrato de concesión, presentada por el concedente, respecto a la entrega de la Estación de Pesaje de Huancayo.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo Directivo

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