Resolución de Consejo Directivo N.° 023-2019-CD-OSITRAN
14 de mayo de 2019
Se declara improcedente la solicitud de interpretación de las cláusulas 5.4, 5.11 y los numerales 4 y 8 del anexo VIII del contrato de concesión, presentada por el concedente, respecto a la entrega de la Estación de Pesaje de Huancayo.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo Directivo
