Resolución de Consejo Directivo N.° 051-2019-CD-OSITRAN
30 de diciembre de 2019
Se interpreta de oficio las cláusulas 5.38 y 5.39 del contrato de concesión del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú-Brasil, Tramo 2: Urcos-Inambari, relacionadas con el ejercicio de las Defensas Posesorias.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo Directivo
