Resolución de Consejo Directivo N.° 051-2019-CD-OSITRAN

30 de diciembre de 2019

Se interpreta de oficio las cláusulas 5.38 y 5.39 del contrato de concesión del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú-Brasil, Tramo 2: Urcos-Inambari, relacionadas con el ejercicio de las Defensas Posesorias.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo Directivo

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