Resolución de Consejo Directivo N.° 057-2019-CD-OSITRAN
30 de diciembre de 2019
Se interpreta de oficio las Cláusulas 5.53 y 5.54 del contrato de concesión del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú-Brasil, Tramo 1: San Juan de Marcona-Urcos, relacionadas con el ejercicio de las defensas posesorias judiciales.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo Directivo
