Resolución de Consejo Directivo N.° 057-2019-CD-OSITRAN

30 de diciembre de 2019

Se interpreta de oficio las Cláusulas 5.53 y 5.54 del contrato de concesión del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú-Brasil, Tramo 1: San Juan de Marcona-Urcos, relacionadas con el ejercicio de las defensas posesorias judiciales.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo Directivo

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