Resolución de Consejo Directivo N.° 008-2020-CD-OSITRAN

12 de febrero de 2020

Declaran que el servicio denominado ?Provisión de antecámara? propuesto por APM Terminals Callao S.A., califica como Servicio Especial no previsto en los Anexos 5 y 22 del Contrato de Concesión, ni en aquellos Servicios Especiales que han sido calificados así por el Regulador en aplicación de la Cláusula 8.23 del Contrato de Concesión, siendo que […]

Documentos

Vista preliminar de documento 008-2020-cd-ositran

008-2020-cd-ositran

PDF
995.9 KB