Resolución de Consejo Directivo N.° 010-2021-CD-OSITRAN

9 de marzo de 2021

Se deniega la solicitud formulada por APM Terminals Callao S.A. a través de la Carta N° 083-2021-APMTC/LEG recibida el 10 de febrero de 2021, mediante la cual el Concesionario solicitó que se declare la confidencialidad bajo el supuesto de secreto comercial del Cuadro N° 2 “Flujo Proyectado Servicio de Trasbordo 2021 – 2041” incluido en la página 4 del archivo “APMT_Información sobre servicio de transbordo”, el cual fue presentado como adjunto de la carta mencionada.

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