OSIPTEL: usuarios pueden restringir la contratación de nuevas líneas a su nombre
Nota de prensa
9 de febrero de 2026 - 7:00 a. m.
- Medida busca evitar que personas que no desean contar con servicios nuevos o adicionales sean víctimas de suplantaciones.
- La operadora quedará impedida de procesar cualquier solicitud contratación de servicio móvil vinculado al documento de identidad del solicitante.
Como parte de las medidas para fortalecer la seguridad durante la contratación y gestión de los servicios móviles, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) dispuso que cualquier persona natural pueda solicitar la restricción total para la contratación de nuevos servicios móviles a su nombre en todos los canales de venta habilitados por las empresas operadoras.
De acuerdo a la Resolución n.° 00135-2025-CD/OSIPTEL, del 23 de diciembre de 2025, cualquier ciudadano, sea o no abonado de una empresa de servicios móviles, podrá acercarse o contactar a las operadoras para gestionar la mencionada restricción. Con ello, se busca evitar que las personas que no desean contar con servicios móviles -o que ya poseen los necesarios- sean víctimas de suplantaciones o contrataciones no solicitadas.
La norma precisa que la empresa operadora deberá atender la solicitud del interesado en un plazo máximo de cinco días calendario, previa validación de identidad de la persona natural a través de la verificación biométrica.
Una vez activado este mecanismo de protección, la operadora quedará impedida de procesar cualquier solicitud de contratación de servicio móvil vinculado al documento de identidad del solicitante, salvo que este decida levantar la restricción de forma presencial y bajo los protocolos de seguridad vigentes.
La disposición forma parte del paquete de medidas regulatorias temporales implementadas por el OSIPTEL, en el marco del estado de emergencia, con el objetivo de fortalecer la seguridad, la protección de los datos y la trazabilidad del servicio móvil.
Cabe señalar que la norma también establece un procedimiento de validación de identidad de las personas naturales que cuenten con más de diez líneas de servicios móviles registradas a su nombre, además de limitar la cantidad de contrataciones para personas naturales a un solo servicio móvil por mes y por empresa operadora, lo cual no afecta la portabilidad numérica.
El OSIPTEL viene realizando un seguimiento periódico al comportamiento de las empresas operadoras respecto a las obligaciones contenidas en las medidas temporales, así como ejecutando acciones de fiscalización a fin de determinar si amerita adoptar medidas administrativas frente a los posibles incumplimientos.
Lima, 9 de febrero de 2026