Resolución de Consejo Directivo N.° 269-2018-CD/OSIPTEL
29 de diciembre de 2020
Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por la empresa ENTEL PERÚ SA, contra la Resolución de Gerencia General Nº 257-2018-GG/OSIPTEL de fecha 25 de octubre de 2018, emitida por la Gerencia General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; y, en consecuencia, CONFIRMAR las multas de (i) cuarenta y tres (43) UIT, impuesta por la comisión de la infracción leve tipificada en el artículo 2º del Anexo 5 del Texto Único Ordenadode las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, al haber incumplido con lo dispuesto en el artículo 45º del mismo cuerpo normativo y (ii) cincuenta y uno (51) UIT, impuesta por la comisión de la infracción grave tipificada en el artículo 7º del Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, al haber no haber cumplido con el requerimiento establecido mediante Carta Nº 113-GSF/2018; de conformidad con los fundamentos expuestos en la presente Resolución.