Resolución de Consejo Directivo N.° 268-2018-CD/OSIPTEL
29 de diciembre de 2020
Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación presentado por ENTEL PERÚ S.A., contra la Resolución de Gerencia General Nº 242-2018-GG/OSIPTEL, y en consecuencia: CONFIRMAR la sanción de multa de cincuenta y uno (51) UIT, por la comisión de la infracción grave tipificada en el artículo 3º del Anexo 5 del TUO de las Condiciones de Uso, por haber incumplido con lo establecido en el artículo 12-A de la misma norma y, la sanción de multa de cincuenta y uno (51) UIT, por la comisión de la infracción grave tipificada en el artículo 7º del Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones.