Resolución de Consejo Directivo N.° 259-2018-CD/OSIPTEL
29 de diciembre de 2020
Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación presentado por VIETTEL PERU S.A.C., contra la Resolución de Gerencia General Nº 232-2018-GG/OSIPTEL y en consecuencia, CONFIRMAR la sanción de multa de doscientos treinta y siete (237) UIT por la comisión de la infracción muy grave tipificada en el artículo 4º del Anexo 5 del TUO de las Condiciones de Uso, al haber incumplido con lo establecido en los numerales (i) y (ii) del artículo 11-C de la misma norma, por haber incumplido los procedimientos de verificación de identidad del solicitante del servicio público móvil prepago, biométrico y/o no biométrico.