Resolución de Consejo Directivo N.° 073-2020-CD/OSIPTEL

29 de diciembre de 2020

Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación presentado por AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C, contra la Resolución N° 00052-2020-GG/OSIPTEL, mediante la cual se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución N° 00305-2019-GG/OSIPTEL; y en consecuencia, CONFIRMAR la sanción de multa de cuarenta y uno con 60/100 (41,6) UIT, por la infracción grave tipificada en el ítem 8 del Anexo 5 del Reglamento de Neutralidad de Red, al haber incumplido lo establecido en los artículos 32 y 34 de la referida norma, por haber bloqueado arbitrariamente los puertos lógicos 135-139 (Netbios), 445 y 25 de la red de internet fija HFC; de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Vista preliminar de documento N° 073-2020-CD/OSIPTEL 

N° 073-2020-CD/OSIPTEL 

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Resolución N° 305-2019-GG/2020 

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Vista preliminar de documento  Resolución N° 052-2020-GG/2020

Resolución N° 052-2020-GG/2020

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