Resolución de Consejo Directivo N.° 031-2020-CD/OSIPTEL

29 de diciembre de 2020

Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación presentado por AMERÍCA MÓVIL PERÚ S.A.C. y, en consecuencia, confirmar las sanciones de multa impuestas en la Resolución Nº 256-2019-GG/OSIPTEL, de 10,6 UIT y 9,9 UIT, al haber incurrido en la comisión de las infracciones leves tipificadas en el artículo 2 del Anexo 5 del TUO de las Condiciones de Uso, aprobados por Resolución Nº 138-2012-CD/OSIPTEL y modificatorias, pro haber incumplido con lo estipulado en el artículo 45º de la referída norma, respecto de interrupciones ocurridas en el segundo semestre de 2017 y primer semestre 2018, respectivamente; de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

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