Lineamientos para el inicio de procedimientos sancionadores

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22 de enero de 2026

Establecer los criterios y la metodología para el ejercicio excepcional de la facultad discrecional de la Secretaría Técnica de Solución de Reclamos (STSR) para no iniciar procedimientos administrativos sancionadores (PAS), conforme a lo dispuesto en el artículo 22-A del Reglamento General de Infracciones y Sanciones, asegurando una actuación administrativa predecible, coherente y motivada, en concordancia con los principios que rigen el procedimiento administrativo.

En particular, los presentes Lineamientos se orientan a garantizar la predictibilidad de la actuación administrativa -principio reconocido en el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General- mediante el establecimiento de reglas claras, objetivas y previamente conocidas que permitan a los administrados y a los órganos internos anticipar razonablemente los criterios bajo los cuales se evaluará la procedencia del inicio de un procedimiento administrativo sancionador.
Vista preliminar de documento Lineamientos para la facultad discrecional de la STSR para no iniciar PAS

Lineamientos para la facultad discrecional de la STSR para no iniciar PAS

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Vista preliminar de documento Informe N° 001-2025-STSR-DEN-1

Informe N° 001-2025-STSR-DEN-1

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Vista preliminar de documento Resolución N° 005-2025-STSR

Resolución N° 005-2025-STSR

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