Aviso de notificación de expedientes 008-2024-CCP-ST/CD, 011-2024-CCP-ST/CD, 012-2024-CCP-ST/CD
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16 de diciembre de 2024
ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, la Secretaría Técnica Adjunta de los Cuerpos Colegiados del Osiptel – ST-CCO cumple con notificar a las personas jurídicas detalladas a continuación que, en el marco de los respectivos procedimientos sancionadores tramitados en su contra, se ha emitido las siguientes resoluciones:
- Cable Mundo S.A.C. - 008-2024-CCP-ST/CD
Mediante la Resolución N° 00059-2024-STCCO/OSIPTEL, de fecha 21 de octubre de 2024, la ST-CCO resolvió iniciar un procedimiento sancionador de solución de controversias, por la presunta comisión de actos de competencia desleal, en la modalidad de violación de normas, en el mercado del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, infracción tipificada en el párrafo 14.1 y el literal a) del párrafo 14.2 del artículo 14 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1044, la cual es sancionable por el Cuerpo Colegiado Permanente del Osiptel, de acuerdo con la calificación y sanción que se determine conforme con lo previsto en el artículo 52 de la referida norma.
- Mega Visión Satelital S.A.C. - 011-2024-CCP-ST/CD
Mediante la Resolución N° 00061-2024-STCCO/OSIPTEL, de fecha 7 de noviembre de 2024, la ST-CCO resolvió iniciar un procedimiento sancionador de solución de controversias, por la presunta comisión de actos de competencia desleal, en la modalidad de violación de normas, en el mercado del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, infracción tipificada en el párrafo 14.1 y el literal a) del párrafo 14.2 del artículo 14 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1044, la cual es sancionable por el Cuerpo Colegiado Permanente del Osiptel, de acuerdo con la calificación y sanción que se determine conforme con lo previsto en el artículo 52 de la referida norma.
- Vega Visión S.R.L - 012-2024-CCP-ST/CD
Mediante la Resolución N° 00062-2024-STCCO/OSIPTEL, de fecha 7 de noviembre de 2024, la ST-CCO resolvió iniciar un procedimiento sancionador de solución de controversias, por la presunta comisión de actos de competencia desleal, en la modalidad de violación de normas, en el mercado del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, infracción tipificada en el párrafo 14.1 y el literal a) del párrafo 14.2 del artículo 14 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1044, la cual es sancionable por el Cuerpo Colegiado Permanente del Osiptel, de acuerdo con la calificación y sanción que se determine conforme con lo previsto en el artículo 52 de la referida norma.
Se informa a Cable Mundo S.A.C., Mega Visión Satelital S.A.C. y Vega Visión S.R.L. que se les ha otorgado el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la presente publicación, a fin de que se apersonen y presenten sus descargos ante el Osiptel, los cuales podrán remitirse a través de la Mesa de Partes Virtual (https://serviciosweb.osiptel.gob.pe/MesaPartesVirtual/login.aspx).
Al respecto, a efectos de recabar la información que obra en los referidos expedientes, los cuales tienen carácter reservado, deberán solicitarlo a esta Secretaría Técnica Adjunta, a través de la presentación de un escrito a la precitada Mesa de Partes Virtual del Osiptel, o comunicarse al correo electrónico: notificacionescco@osiptel.gob.pe.
SECRETARÍA TÉCNICA ADJUNTA DE LOS CUERPOS COLEGIADOS DEL OSIPTEL
Lima, 27 de noviembre de 2024
Esta publicación pertenece al compendio Notificaciones y avisos